domingo, 23 de junio de 2013

CONMEMORAMOS EL DIA DE LA BANDERA


 

En una ceremonia presidida por la enseña patria, comemoramos el día de la bandera, con los alumnos de 1° y 2° ES., que entonaron las estrofas del Himno Nacional Argentino y luego escucharon dos alocuciones, a cargo de sus propios compañeros.

El Congreso Nacional sancionó en 1938, la Ley 12.361 que establece el 20 de junio, aniversario del fallecimiento de Manuel Belgrano, como Día de la Bandera. La enseña patria, creada por Manuel Belgrano, fue enarbolada por primera vez en Rosario, a la vera del río Paraná, el 27 de febrero de 1812. La bandera fue confeccionada por María Catalina Echevarría de Vidal.

Ceremonial de la Bandera

La Bandera Oficial de la Nación, está formada por tres franjas horizontales de igual tamaño, dos de ellas celeste y una blanca en el medio. En el centro de la franja blanca se reproducirá el sol en amarillo oro, en recordatorio de la primera moneda Argentina, con los treinta y dos rayos flamígeros y rectos colorados alternativamente.

Aclaraciones sobre el Sol
El mismo debe estar estampado de ambos lados, sus 16 rayos flamígenos orientados en el sentido que gira el reloj, sea el lado que se la mire, ya que no posee anverso ni reverso. La proporción del Sol con respecto a la faja blanca será de la sexta parte de esta.
Hasta el año 1985, existía una norma que limitaba el uso de la bandera con el sol, por lo que particulares, asociaciones o entidades privadas debían usar solamente los colores nacionales, sin sol, de escarapela o estandarte, con la
Ley Nº 23.208 de 1985 tienen derecho a usar la bandera oficial de la Nación el Gobierno Federal, los Gobiernos Provinciales, como así también los particulares, debiéndosele rendir siempre el condigno respecto y honor.
El uso de la bandera, sin sol, actualmente queda para adorno de fachadas de edificios, vehículos y comercios.
En los frentes de reparticiones públicas e instituciones en general pueden izarse en mástiles menores, siempre que se destaque del conjunto la Bandera Oficial, con sol.
La enseña nacional jamás deberá ser izada con otras banderas en el mismo mástil, excepto insignias militares y tampoco podrá tocar tierra o agua.
La Bandera Oficial deberá izarse siempre al subir el sol, alrededor de la hora 8:00 (según la zona del país) y arriarse en el ocaso. Pero nunca deberá quedarse izada durante la noche, salvo en tiempo de guerra donde no es arriada hasta que esta no finalice.
Se iza rápido y se arría despacio, cuando es izada junto a otras enseñas, deberá ser la primera en alcanzar el tope del mástil y la última en descender.
Luego de arriarse, deberá encanastarse, procurando dejar el sol en la parte visible (se reúnen los pliegues en forma de bolsa invertida).
Las banderas bendecidas no podrán ser lavadas ni planchadas. Una vez dejadas de uso, si son históricas deberán ser guardadas con el condigno respeto, en caja o cofre. Si no se desea conservar, deberán ser quemadas, previa separación de tres las franjas.
En los días
25 de Mayo y 9 de Julio, juntamente con el izado, se entona el Himno Nacional Argentino. En ésta dos fechas patrias, nunca se izará a media asta, debiendo suspenderse durante esos días cualquier honor u homenaje que así lo determinara.
La disposición de bandera a media asta, será llevada al tope y luego de permanecer un instante en esa posición, se arriará hasta el lugar correspondiente a media asta. Para arriarla, estando a media asta, se la llevará previamente al tope, manteniéndose un instante en dicha posición y luego se arría.

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